Este segundo Congreso Internacional de StreetNet:
CONSIDERANDO:
1. Que los afiliados de StreetNet en ciertas regiones han establecido un cierto nivel de cooperacin directa entre cada uno en varias maneras;
2. Que las propuestas para establecer una estructura regional asitica desarrollada por los afiliados que participaron en el taller regional asitico de StreetNet en Nepal en noviembre del 2006;
3. Que las provisiones constitucionales ya estn en lugar para finanzas regionales (clusula 11.2)
RESUELVE:
1. Que StreetNet Internacional debe establecer las estructuras regionales de una manera de abajo hacia arriba basadas en la cooperacin entre los afiliados en la regin, como sigue:
– Una organizacin de punto focal ser identificada por el Congreso Internacional o el Consejo Internacional en cada regin identificada, que contendr la estructura regional de StreetNet y coordinar la comunicacin entre los afiliados en la regin;
– La organizacin de punto focal informar al Consejo Internacional, al Comit Ejecutivo y a la oficina de StreetNet entre las sesiones del Consejo Internacionales;
– La organizacin de punto focal ser limitada por las provisiones de la clusula 11.2 de la Constitucin Internacional de StreetNet con respecto a movilizacin de fondos y manejo financiero;
2. Ser la responsabilidad de afiliados en cada regin organizar y consolidar StreetNet en su regin.
3. Que las siguientes estructuras regionales se deban establecer en este Congreso Internacional, con la posibilidad de ser revisado, subdividida o agregado en los Congresos Internacionales futuros segn la expansin de StreetNet:
– Asia;
– frica del oeste;
– frica del este y meridional;
– Amrica latina.
4. Que la oficina de StreetNet debe negociar con las organizaciones identificadas de punto focal sobre su buena voluntad de contener las estructuras regionales de StreetNet, y su esfuerzo de conseguir fondos para cubrir los costos de administracin incurridos por las organizaciones de punto focal.
PROPUESTO: KENASVIT, Kenya
APOYADO POR: CTCP-FNT, Nicaragua