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Resolución 47 sobre Protección Social

Este 7º Congreso Internacional de StreetNet:

CONSIDERANDO,

Que el empleo y las actividades de la economía informal han crecido en todo el mundo, y que más del 80% de la población mundial sobrevive a través de actividades económicas en la economía informal, ya sea en áreas planificadas o no planificadas.

La inseguridad, las condiciones de trabajo precarias y la falta de acceso a herramientas adecuadas de gestión de riesgos que ayuden a prevenir el impacto de las condiciones de trabajo y de vida.

La importancia de la protección social para la vida de todos los ciudadanos ahora y en el futuro, y su potencial para mejorar la economía del mundo.

OBSERVANDO,

La inclinación de los gobiernos a enfocarse en los trabajadores formalizados en la aplicación de instrumentos de Protección Social,

pero reconociendo las contribuciones económicas de la economía informal a las economías nacionales y que los trabajadores de la economía informal son trabajadores como cualquier otro trabajador

CELEBRA,

La Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU sobre la aplicación de la Protección Social para todos, artículos 22 y 25, que establece lo siguiente:

Artículo 22:

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social y tiene derecho a la realización, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional y de acuerdo con la organización y recursos de cada Estado, de los derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 25:

Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure su salud y bienestar y el de su familia, incluidos la alimentación, el vestido, la vivienda, la atención médica, los servicios sociales necesarios y el derecho a la seguridad en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otra falta de medios de vida en circunstancias fuera de su control.

La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los hijos, nacidos dentro o fuera del matrimonio, gozarán de la misma protección social.

POR LA PRESENTE, RESUELVE:

Que StreetNet participe activamente en la ONU, especialmente con la OIT, para incorporar la cobertura de Protección Social a todos sus estados miembros mediante la incorporación del Convenio 102 sobre Seguridad Social, la Recomendación 202 sobre Niveles de Protección Social, y la Recomendación 204 sobre la Transición de la Economía Informal a la Formal.

Que cada Afiliada de StreetNet abogue y solicite a su gobierno que extienda la cobertura de Protección Social a los trabajadores de la economía informal con el apoyo total de StreetNet.

Propuesto por: la Comisión de Protección Social del 7º Congreso

Secundado por: Delegados del 7º Congreso de StreetNet

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