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Resolucion no.1: Para el Desarollo de Politicas Promocionales para los Trabajadores Ambulantes Por parte de los Estados Nacionales

Considerando:

Que, por mandato de las Constituciones de todo país democrático, el trabajo es un derecho y un deber social y al Estado le corresponde promover las condiciones que eliminen la pobreza y aseguren a los ciudadanos igualdad de oportunidades para lograr una ocupación útil y que los proteja contra el desempleo y el subempleo en cualquiera de sus manifestaciones.

Que, el comercio ambulatorio y las diversas actividades de la economía informal son consecuencia de los desequilibrios estructurales de nuestros países y de la injusta relación de subordinación existentes en el orden internacional.

Que, los trabajadores vendedores ambulantes, además de generar fuentes de empleo e ingresos para nosotros y nuestras familias, constituimos un importante canal de distribución y comercialización de productos que facilita el abastecimiento de productos básicos para la subsistencia de importantes sectores de la población.

Que, es conveniente a los intereses nacionales conciliar los derechos de los trabajadores ambulantes, a contar con seguridad y condiciones favorables para su trabajo, con procesos de ordenamiento y desarrollo de las ciudades y los países; canalizando así la fuerza social y económica del comercio ambulatorio, y de los trabajadores de la economía informal, a fin de posibilitar su desarrollo como parte de sistemas socio económicos democráticos y equitativos.

ACUERDA:

1. Promover en cada país la declaración de necesidad y utilidad pública y de preferente interés social la ubicación y localización adecuada de los trabajadores ambulantes en el espacio urbano, atendiéndose a las
peculiaridades y condiciones de su medio.

2. Incentivar en cada país y ciudad la formulación concertada de Programas de promoción integral de los trabajadores ambulantes, que consideren la atención a nuestros derechos como ciudadanos y comerciantes, articulando las políticas sociales y económicas, de respeto a nuestros derechos, el uso del espacio urbano, del desarrollo económico, etc.

3. Luchar por los derechos de las y los trabajadores ambulantes, reivindicando nuestro derecho al trabajo, al bienestar y el desarrollo; desarrollando alianzas estratégicas con el movimiento sindical y otros actores del desarrollo local, nacional y mundial.

PROPUESTO: FEDEVAL, Lima – Perú (diciembre de 2003)
SECONDADO: Eastern Cape Alliance of Street Vendors
y AZIEA

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